Cesare Bonesana, marqués de Beccaria.
Fue un literato, filósofo, jurista y
economista italiano. En 1764 publicó “De los delitos y las
penas” un breve escrito que tuvo mucho éxito entre los filósofos
enciclopedistas y donde sostiene la abolición de la pena de muerte, basado en
el principio de indisponibilidad de la vida humana (que sólo pertenece a Dios).
Becarria sostenía que la sociedad se funda en un contrato (teoría contractualista) que tiene por fin poner a resguardo a cada uno de sus miembros y que los mismos tienen derecho a defenderse de las violaciones de ese contrato (delitos) mediante medidas proporcionales a esas acciones (principio de proporcionalidad de la pena), y que ella tiene por fin la protección del ser humano, no su destrucción, porque ningún hombre puede disponer sobre la vida de otro hombre, porque eso no disuade de cometer delitos ni los impide.
Respecto al antes mencionado principio de
proporcionalidad de las penas, Beccaria sostenía que éstas tienen un carácter
preventivo, en sentido general y en sentido especial. La prevención especial es
la que se dirige al delincuente que ha cometido la falta, mientras que la
general se refiere al conjunto de la sociedad. Sostenía también que tanto los
delitos como las penas deben ajustarse al principio de legalidad,
anticipando la formalización definitiva de este principio por parte de
Feuerbach.
Si bien Beccaria es contrario a la pena de muerte, la
justifica solo por dos motivos: Que el delincuente, aún privado de su libertad,
tenga poder que interese a la nación ejecutarlo. Se refiere a delitos de
rebelión y traición a la patria y que la ejecución del delincuente fuese “el
verdadero y único freno”, que contuviera a otros y los separase de cometer
delitos.
Otras medidas planteadas por Beccaria para la reforma
del derecho penal del Antiguo Régimen fueron la abolición
del tormento y la limitación del arbitrio judicial. El tormento
público como procedimiento de prueba o como castigo fue ampliamente usado
durante el Antiguo régimen, y en parte la obra de Beccaria es una reacción ante
los suplicios y ejecuciones públicas de la época. La limitación del arbitrio
judicial (es decir, que el juez esté atado al texto de la ley y no tenga
capacidad para generar espontáneamente leyes penales) se explica desde el
principio de separación de poderes y de la necesidad de aplicar penas prontas y
seguras.
Cesare Beccaria fue uno de los más importantes
inspiradores del movimiento de reforma del antiguo derecho
penal continental, un derecho caracterizado en toda Europa por su extrema
crueldad, por su arbitrariedad y su falta de racionalidad. Es también un pilar
imprescindible para la comprensión de la vasta reforma ilustrada del
siglo XVIII, inspirada en las ideas de autonomía, emancipación y lucha
contra el despotismo.
Además escribió otros ensayos como Sobre el desorden
monetario y su remedio en los estados milaneses (1762), Investigación
sobre la naturaleza del estilo (1770) y Elementos de economía
pública (edición póstuma en 1804).